Reducirán las pensiones a los jueces pero esto podrían "pelear" para que esto no pase

Publicado: Marzo 13,2017 2:27pm
Reducirán las pensiones a los jueces pero esto podrían "pelear" para que esto no pase

Los jueces que queden afectados por el recorte a sus pensiones tienen el derecho de litigar el derecho propietario a las mismas, reconoció hoy el secretario de política pública y asuntos públicos Ramón Rosario.

"Tienen derecho a litigar”, contestó el funcionario a preguntas de la agencia Inter News Service (INS).

El gobierno logró convencer a la junta de control fiscal de que no recortara el 10% del ingreso de todos los pensionistas.

En cambio, ahora, aquellos que reciban un beneficio de sobre $2,000 verán reducirse sus ingresos desde un 6% hasta un 24%, según el ingreso. A mayor beneficio, mayor su reducción.

Si bien hay exfuncionarios con pensiones de $10,000 o cerca de esa cantidad, como los exjueces del Tribunal Supremo, igualmente hay maestros con apenas $2,000 y $2,500. Los maestros ya alzaron su voz y pretenden manifestarse en contra.

"Los jueces tienen que hacer el sacrificio que tiene que hacer todo el pueblo de Puerto Rico”, afirmó Rosario.

Sobre si el gobierno hizo un análisis legal sobre ese aspecto, Rosario insistió en que "ellos pudieran litigarlo, al igual que todo el pueblo de Puerto Rico se va a ver afectado. Igual que el pensionado que gana $5,000, $4,000 también se va a ver afectado. El plan fiscal del gobernador como el plan fiscal de la junta de supervisión fiscal, ambos planes contemplan una reducción en el renglón de pensiones. El análisis legal se hizo”, aunque no elaboró.

No obstante, Inter News Service revisó el caso Brau v ELA, de 2014, en el que el juez German Brau y la Asociación de la Judicatura disputaron unas reformas al sistema judicial hechas por el gobernador Alejandro García Padilla, y por el que se reducía y cambiaba la forma en que se computan las pensiones a los jueces, para hacerla "híbrida”, en vez de la aportación clásica.

El Tribunal Supremo determinó en el caso, por voz de su entonces presidente Federico Hernández Denton, que "los jueces nombrados en o antes del 23 de diciembre de 2013 no sufrirán cambio alguno con respecto al derecho que tienen sobre sus pensiones de retiro”, es decir, "se mantendrá inalterado el derecho que tienen los jueces nombrados en o antes del 23 de diciembre de 2013 sobre sus pensiones de retiro" y emolumentos, como el aguinaldo de Navidad, bono de verano, bono de medicamentos.

La fecha en el texto responde a los jueces que ya disfrutaban ese derecho de la manera en que fueron contratados, tenían expectativas y entraron al sistema. Los nuevos jueces que llegaron se sujetaron a los cambios que introdujo la ley.

"Una interpretación contraria conllevaría una reducción retroactiva de los emolumentos de los jueces en contra del Art. VI, Sec. 10 de la Constitución”, insistió el más alto tribunal. Para ellos, la Constitución es tan clara que "resulta innecesario abordar el planteamiento de menoscabo de obligaciones contractuales invocado”.

Para el Tribunal Supremo, "la independencia judicial” descansa, entre otros pilares, en la fiabilidad y permanencia de su sistema de retiro, el cual tiene "protección constitucional”.

La reforma pretendía atender el problema en el sistema de retiro judicial.

El TSPR anuló todas aquellas secciones de la ley que afectaban el derecho de los jueces y jueces jubilados. "No aplican a los jueces en funciones y jubilados, en virtud de la prohibición establecida en las Secciones 10 y 11 del Artículo VI de la Constitución”, se decidió. En el caso se dilucidó la reforma judicial como arma para propiciar el retiro de los jueces.

Alrededor de esta Opinión del tribunal es que los jueces que ahora se vean afectados pudieran litigar sus casos.

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